El Título I CE regula los derechos y deberes fundamentales de los españoles
Los artículos 14 a 29 regulan los derechos fundamentales: entre otros, derecho a la vida, libertad ideológica y religiosa, libertad de expresión, derecho de asociación, etc
En caso de vulneración de estos derechos, los ciudadanos puede recurrir a los tribunales y llegar hasta el Tribunal Constitucional
Además, se establece un catálogo de derechos y deberes (arts. 30 a 38): defender a la patria, trabajar, negociación colectica, etc
Además, se establecen principios rectores de la política social y económica (art. 39 a 52): protección de la familia progreso social y económico, protección de la salud, vivienda
Estos no pueden ser alegados frente al Tribunal Constitucional
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Fuentes del Derecho
Las fuentes del derecho son las formas o soportes en que las normas se incorporan al ordenamiento jurídico
Por ejemplo, si una ley establece "prohibido robar", la prohibición de robar es una norma, y la ley es la fuente
El Código Civil establece que son fuentes del derecho la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Sin embargo:
La Constitución es también fuente del derecho. De hecho es fuente más importante, y todas las demás fuentes le están subordinadas.
Hay distintos tipos de normas con rango de ley: ley ordinaria, ley orgánica etc
Se discute el significado de la expresión "principios generales del derecho", aunque lay mayor parte de opiniones coincide en que son principios propios del ordenamiento jurídico, sobre todo de la Constitución
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