Spanish Civil Law 2-4

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Proceso Constituyente

  • El proceso constituyente es el proceso por el cual un grupo humano se dota a sí mismo de una constitución
  • Hay diferentes conceptos de "constitución", pero nosotros usaremos el siguiente: una constitución es la norma fundamental de una sociedad, que reconoce la democracia y los derechos de los ciudadanos
  • A la muerte de Franco (1975), España inicia la "transición" a la democracia, que culmina con la Constitución de 1978
  • En enero 1977 se aprueba la Ley para la Reforma Política, una octava Ley Fundamental como las del franquismo, pero que preveía la celebración de elecciones democráticas libres
  • Ello permitió que en junio de 1977 se celebraran las primeras elecciones libres desde la II República. El parlamento elegido por los ciudadanos elaboró y aprobó una constitución
  • Esa Constitución fue sometida a referéndum en diciembre de 1978 y aprobada por el 87.78% de los votantes
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Constitución

  • La Constitución española fue aprobada en 1978. Está dividida en Títulos, Capítulos y Secciones que contienen artículos. Hay además un preámbulo, y disposiciones adicionales, transitorios, derogatorias y finales.
  • La Constitución regula la forma y la estructura del Estado, reconoce los derechos de los ciudadanos, establece órganos constitucionales y les asigna competencias, entre otras cosas.
  • Según el art.1 CE "España se contituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político".
  • El derecho constitucional es una rama del derecho público que estudia la Constitución
  • El derecho público es la rama del derecho que estudia las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos. El derecho privado, en cambio, estudia las relaciones entre ciudadanos entre sí
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El Estado de las Autonomías

  • España es un Estado descentralizado, en el que junto al gobierno, el parlamento y la administración españolas existen gobiernos, parlamentos y administraciones autonómicas: es el Estado de las Autonomías
  • El Estado Autonómico se regula sobre todo en los Arta. 2,3 y 4 CE y en el Título VIII CE. Cada Autonomía tiene su norma fundamental: el Estatuto de Autonomía
  • Art. 2 CE - "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas."
  • El Art. 2 CE (y otros como el 3 CE y el 4 CE) reflejan la tensión y el compromiso entre centralismo y descentralización del proceso constituyente
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El Estado de las Autonomías 2

  • Hay dos vías para acceder a la autonomía:
  • La "vida rápida" (Art. 151 CE): en principio con más competencias, pensada para las comunidades "históricas (Catulunya, Euskadi y Galicia) aunque también usada por Andalucía
  • La "via lenta" (Art. 143 CE): en principio con menos competencias, pensada para todas las demás
  • La Disposición Adicional Primera y la Disposición Transitoria Quinta son vías excepcionales
  • Competencias de las CCAA (Comunidades Autónomas) en Art. 148 CE: autogobierno, urbanismo, cultura, lengua propia, sanidad etc.
  • Competencias del Estado en Art. 149 CE: defensa, justicias, legislación laboral, sistema monetario, etc.
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