Spanish Civil Law 8

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El Ilícito Civil y El Ilícito Penal

Ilicíto Penal

  • Un tipo de comportamiento que produce un daño a terceros y que por su gravedad recibe la sanción más grave del ordenamiento jurídico - la sanción penal
  • Ejemplos - asesinato o el robo
  • En los ilícitos penales se pueden imponer distintas sanciones, incluida la pena de prisión.

Ilícito Civil

  • Un tipo de comportamiento que produce daños a terceros
  • No están regulados por el derecho penal, sino por el derecho civil
  • El tipo de sanción que se impone normalmente consiste en la reparación del daño causado
  • Ejemplo - el daño que ocasionamos a un vecino, si, al dejar el grifo abierto, inundamos su piso
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El Ilícito Civil y El Ilícito Penal 2

  • El ilícito civil es una fuente de surgimiento de obligaciones, ya que según el Art. 1089 del Código Civil las obligaciones nacen de la ley, los contratos y los cuasicontratos y de los actos y omisiones ilícitos en los que intervenga cualquier género de culpa o negligencia.
  • Debe tenerse en cuenta que, anuque los ilícitos civiles y penal son cosas distintas, un ilícito penal puede también dar lugar al surgimiento de responsibilidad civil.
  • Por ejemplo, si un sujeto lesiona a otro gravemente, esto se considera un delito (ilícito penal) pero el sujeto lesionador también deberá indemnizar civilmente al sujeto lesionado.
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El Ilícito Civil y El Ilícito Penal 3

Debe tenerse en cuenta que el ilícito civil puede surgir en dos circunstancias distintas:

  • Cuando un sujeto incumple un contrato que ha realizado con otro, en cuyo caso estaríamos ante un supuesto de responsibilidad contractual. Por ejemplo, si alguien me contrata para pintar su casa, y utilizo una pintura de mala calidad que deteriora su pared
  • Cuando un sujeto produce a otro un daño si que haya mediado un previo contrato entre ellos, en cuyo caso hablaremos de responsibilidad extracontractual. Por ejemplo, si al sacar mi coche del aparcamiento rozo el coche de mi vecino, arañando su pintura. A su vez, la responsibilidad extracontractual puede ser de difererentes tipos:

- Por hechos propios culpables

- Por hechos ajenos

- Por daños causados por animales o cosas

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Responsabilidad extracontractual por hechos propio

  • El Código Civil regula en el artículo 1902 la responsibilidad por hechos propios culpables: "El que por acción u omisión causa daño a otro, interveniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño."

Son requisitos de este tipo de responsibilidad:

  • Un comportamiento humano. Este comportamiento puede consistir tanto en una acción (hacer algo que produce un daño) como una ominisión (no hacer algo que hubiera evitado el ocasionamiento del daño)
  • La producción de un daño. Este daño puede consistir en una lesión corporal, en un daño al patrimonio de un sujeto, o incluso en un daño "moral" o psicológico
  • Un nexo causal, es decir que el daño que de produce es el resultado del comportamiento humano
  • La culpabilidad. Esto implica que surgirá la responsibilidad tanto si el sujeto deliberadamente quiso producir el daño (dolo) como si este se produce como consecuencia de su descuido o negligencia
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Responsabilidad extracontractual por hechos propio

Pueden ser sujetos causantes de este tipo de responsibilidad

  • Un individuo, en cuyo caso será este quien responda de los daños
  • Un grupo de personas. En este caso, es un grupo de individuos el que colectivamente produce el daño. En este caso, en general, todos los sujetos causantes responden solidariamente en la reparación del daño, es decir, estarán obligados como grupo a reparar el daño producido sin establecer cuánto corresponde reparar a cada individuo
  • Un miembro indeterminado de un grupo. En este caso, estamos ante un solo individuo que produce el daño, pero este individuo pertenece a un grupo, y no podemos saber cuál de los individuos del grupo fue el que produjo el daño. También en este supuesto todo el grupo responde solidariamente del daño, si el individuo actuó al amparo del grupo
  • Las personas jurídicas (una empresa, una asociación) también pueden ser responsables por el comportamiento de sus miembros cuando actúen como parte de la misma
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Responsibilidad extracontractual por hecho ajeno

  • Según el artículo 1903 del Código Civil establece que no solo se responde por los hechos culpables propios, sino también por los realizados de personas "de las que se deba responder"
  • Son ejemplos de este tipo de responsibilidad:

- Los padres, que deberán responder por los daños causados por sus hijos

- Los tutores, que deberán responder por los daños causados por las personas que estén bajo su autoridad

- Los empresarios, que en ocasiones responderán de los daños causados por sus trabajadores

- Los centros de enseñanza primaria, que responderán en ocasiones por los daños causados por sus estudiantes

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Responsibilidad extracontractual por daño causado

Por último, en algunos casos los dueños deberán responder por los daños causados por sus animales o cosas que sean de su propiedad. Por ejemplo:

  • Si un perro destruye un documento mordiéndolo, el dueño del perro responderá de este comportamiento
  • El propietario de un edificio responderá de la ruina del mismo si esta se produce por falta de reparaciones
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